Luis Fernando Cruz Rojas
B02018
¿Es inconstitucional que a las personas que provienen de una familia con bastos recursos financieros o que cuentan con estos, se les cobre más en la cuota de la universidad pública?
Si se llegara a tomar esta medida, primero hay que especificar por que se está haciendo, el objetivo es tener más dinero para financiar la educación superior pública, pero si esta educación es pública, ¿por qué hay que pagar para acceder a esta?, en este momento podemos alegar que es una medida inconstitucional, pero sin embargo todo esto se hace con el fin de cumplir otro valor constitucional, además del de la educación, que es el de la solidaridad como medio para buscar una distribución social, que se aleje de toda desproporcionalidad, basándonos en el pensamiento de Don Alfredo González Flores, “Que el rico pague como rico y que el pobre pague como pobre”, pero para cumplir esto se requiere de una reforma tributaria que haga esto efectivo, además de una reforma fiscal, para controlar el verdadero cumplimiento del cobro de impuestos.
Basados en esto las personas que pagaron un colegio privado evidentemente poseen el dinero para pagar una cuota en la Universidad que ni siquiera sobrepasaría, lo que ya estaban pagando, por lo tanto a esas personas no se les estaría violando el derecho a la educación pública, lo que está ocurriendo es que el Estado ahora si estaría tomando en cuenta las condiciones de cada persona para cobrarle un impuesto.
Con la situación actual de las universidades públicas, a las cuales se les ha reducido en porcentaje, lo destinado para la educación superior, este tipo de medidas vendrían a solventar un poco el problema de la falta de dinero, por que hay que recordar que vivimos en un país democrático-socialista y para defender un precepto constitucional no podemos olvidar otros y mucho menos darle la interpretación que queramos a la constitución política, pero bajo esta corriente de tratar la constitución en sentido rígido y expreso, podríamos alegar que el Estado tendría que generar otros medios para fortalecer la inversión en educación superior, debido a que si se baja el presupuesto destinado a esta de alguna forma también se estaría violando el precepto que dice que todos pueden tener acceso a la educación pública, por que esto se estaría convirtiendo en una mentira o en una inconstitucionalidad, con menos dinero son muchas menos personas las que pueden acceder a la educación superior.
Por lo tanto, para que la sala cuarta dictara que esto es inconstitucional, primero tendría que solucionar el problema de la falta de recursos por que solo estarían anulando una inconstitucionalidad por otra. Por lo que, habría que hacer una reforma constitucional o para determinar que la educación pública es gratuita solo para los sectores que así lo requieran o que se destine a la educación superior un mínimo que sea proporcional al precepto de que la universidad pública es accesible para todos, para esto habría que aumentar la inversión estatal.
Aquí también hay otra oposición el Estado como su finalidad que debe jerarquizar primero el bien común de toda la población costarricense que requiere de la educación superior o el bien individual de las personas que a pesar de tener el dinero para pagar la universidad están estudiando gratis, esto contradice el pensamiento de Don Alfredo, es decir “los ricos están pagando como pobres” y también la noción de que vivimos en un Estado solidario.
Para concluir, obligar a pagar a algunas personas la educación superior pública es inconstitucional, pero refiriéndonos a todo lo que contiene ese artículo que habla de la educación superior, encontramos otras inconstitucionalidades que tienen mayor importancia que la ya mencionada.
domingo, 26 de septiembre de 2010
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